No es necesario publicar en un diario oficial el Reglamento disciplinario de la Real Federación Española de Caza para poder aplicarlo a sus miembros

Reglamento Jurisdiccional y Disciplinario de la Real Federación Española de Caza. No es necesaria su publicación en un diario oficial para su existencia jurídica y aplicación.

08/08/12

VISTO por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por D. Alonso , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Beatriz Sordo Gutiérrez, contra sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 11 de diciembre de 2009 , sobre sanción con inhabilitación durante cinco años de sus derechos federativos, al considerarle responsable de dos infracciones muy graves tipificadas en el artículo 20, apartados d ) y n) del Reglamento Jurisdiccional y Disciplinario de la Real Federación Española de Caza .

Se han personado en este recurso, como partes recurridas, la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CAZA, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María Rita Sánchez Díaz, y la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, con la representación que le es propia.

Puede leer el texto completo de la sentencia en www.bdifusion.es Marginal: 2397119

 

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