Anulan la orden que prohibÃa a un juez tener un crucifijo en la sala
El CGPJ ha estimado el recurso de alzada presentado por un juez de lo contencioso- administrativo y anula la orden del TSJC que le prohibÃa tener un crucifijo en la sala, al entender que no mantenÃa la neutralidad de las actuaciones judiciales.
27/06/12
El TSJ catalán, alegó que tal prohibición se debÃa a que "la ubicación de sÃmbolos religiosos dentro de las salas de vista contradice la neutralidad que debe presidir todas las actuaciones judiciales, debido a que ninguna confesión religiosa tiene carácter estatal, y además "los jueces y tribunales deben velar por que en ningún modo pueda producirse confusión entre las funciones del estado y las religiosas".
El magistrado de los contencioso-administrativo indico que "mis vistas están y han estado siempre presididas por un crucifijo, porque la LEC (Ley de Enjuiciamiento Criminal) me obliga expresamente a tomar juramento o promesa a los peritos y testigos. Y como es sabido, quien decide prometer lo hace por su conciencia y honor", concluyó su exposición diciendo "ni soy ministro de ninguna orden religiosa, ni hago ningún tipo de proselitismo en favor de ninguna. Pero insisto en que -guste o no guste al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia en Cataluña- la Ley dice lo que dice. Y jurar significa lo que significa".











